miércoles, 23 de mayo de 2012

El Estado maltratante: una pesadilla llamada parens patriae


La palabra fuete no está en el Diccionario. El fuete (o foete) son vocablos del léxico de pueblo que aunque no aparecen definidos por la Academia son de larga y dolorosa historia familiar, responde a la violencia para impartir castigos corporales que diz que intentan modificar una conducta alegadamente inaceptable o intolerable. El grado de su empleo debiese, entre los usuarios digamos más moderados, corresponder a la gravedad o severidad de la falta...

Personalmente me adistancié tajantemente de ese concepto hasta antes de entender en su enteridad lo injusto e inefectivo de dicho trato (gracias en gran parte por el ejemplo de una madre humanista que aunque madre soltera y enfrentada a una sociedad machista supo rimar lecciones con otros tipos de acentos), como padre aunque he tenido que tragarme malos ratos como cualquier padre, y aunque en momentos admito haber hecho actos teatrales para impartir siquiera la ilusión del castigo severo, no he recurrido al fuete y la correa (como instrumento de castigo), hoy hace rato que corroboré que como en la física la suma de dos negativos redunda invariablemente en un resultado negativo mayor.

Pero lo cierto es que desde niño hace unos concuentitantos años sin vivirlo en carne propia tuve cercanas experiencias de amigos y amigas que le "aplicaban el fuete" muchos en total desproporción, muchos que el acto parecía responder más a desajustes y excesos emocionales de los que "daban la pela" que lo que el autor del acto transgresor hubiese realmente hecho o deshecho, hoy sabemos que la violencia es patrón repetitivo que sin atenciones se aprende y se perpetua, tanto en lo intrafamiliar como en lo comunitario.

Hoy sabemos que existen otros recursos para atender temas que sugieren atenciones correctivas pero hay maltratantes hijos e hijas de maltratantes que abundan. Tanto más que lo que se anuncia, declara o acepta, es una epidemia muchas veces silenciosa, tantas veces silenciada, otras tantas que provocan bochornos que la gente intentan obviar mediante omisiones que salen a flote en sus propios actos violentos.

¿Cuánto de ese patrón destructivo hay en las mentalidades de nuestros legisladores es materia de especulación?

Pero lo cierto es que en un sistema carcelario aquejado por la reincidencia de los convictos al grado de un, de acuerdo a cifras oficiales (2003) de 58%, parece que nuevamente se impone un replanteamiento a la alternativa de "dale má' duro" como sistema...

...como padre repito optar por no recurrir a la violencia fue tremendo reto, requiere de paciencia, requiere de buscar otras formas y maneras, requiere de tragar gordo, lo admito, pero hoy pues teniendo problemas como toda familia por lo menos puedo decir que ese problema y sus derivados no lo tengo, y mis hijos e hija ninguno es violento en sus tratos personalísimos, y que quede claro que escuché a otros padres y madres decirme pendejo de una u otra manera miles de veces, "lo que le falta es una buena pescozá...", "una buena pela a tiempo...", y sigue la cosa. Pues si prefiero ser pendejo y aunque en momentos no supe la alternativa, insistir en insistir en buscar esas otras maneras y formas.

En nuestra sociedad aquejada de problemas de conducta a nivel de macro, el gobierno como padre y madre maltratante, abusivo y violento solamente insiste en el fuete... y pues el problema se empeora...

...pero de tanta cosa que se plantea, y se discute, ahora enfrentados a propuestas de enmiendas al Derecho de la fianza para castigar a acusados que no hemos siquiera enjuiciado con todo el debido proceso, ahora que escuchamos que de tantas otras maneras se busca incrementar lo punitivo al estilo de "dale má' duro pa' que aprendan...",

¿Cuánto de niños y niñas que fueron abusados (cosa que no respeta diferencias sociales que conste), que cogieron "pelas de muerte", que vivieron atemorizados por la correa puede haber en el inconciente de estos políticos que como sabemos lo que hacen en su vida adulta es repetir esos patrones de violencia que son cicatrices que no se borran..???

Y la terrible realidad de la violencia, el abuso masivo y el maltrato intrafamiliar en la isla como funciona en eso de que al proponer más, y más castigos el político enajenado tanto por sus propias limitaciones emocionales como por su falta de atención a los resultados verdaderos de sus propuestas, piensa y en gran parte logra la aceptación y el apoyo de miles de otros adultos que fueron maltratados y viven capturados en ese aparentemente eterno ciclo de la violencia social... a dar fuete se ha dicho, pa' que aprendan y no aprenden nada sino repetir el dolor y el abuso...

Y vemos:

ANTE EL FRACASO DE ATENDER LA VIOLENCIA Y LA CRIMINALIDAD LO ÚNICO QUE SE LES OCURRE ES MAS PENAS Y MAS CÁRCEL EN UNA ISLA QUE YA TIENE MAS DE 20MIL CONVICTOS, 12 MIL ENCARCELADOS... Y A NADIE SE LE OCURRE PENSAR QUE ESTE ENFOQUE NO FUNCIONA...


El Centro Internacional para el Estudio de las Prisiones (ICPS, por sus siglas en inglés), reveló que el sistema carcelario de Puerto Rico, es el tercero de mayor densidad poblacional en América y el número 21 a nivel mundial...en la Isla hay medio centenar de prisiones estatales, un 58 por ciento de los encarcelados son reincidentes y un 70 por ciento, son usuarios de drogas.

Mientras nos enteramos:

"Senado pospone para jueves la medida de fianzas más severas.
El Senado pospuso para la sesión ordinaria de jueves la posible aprobación del proyecto que crearía la ley especial que establecerá las guías de imposición de fianza en casos de crímenes violentos en Puerto Rico. Esta medida legislativa busca establecer que toda persona imputada de delito grave de primer grado o delito grave de segundo grado, según dispone el Código Penal, esté expuesto a una fianza no menor de $75,000 por cada cargo imputado. La medida expone además una fianza no menor de $250,000 a toda persona acusada de asesinato; homicidio negligente imputado por muerte ocasionada al conducir un vehículo de motor bajo los efectos de bebidas embriagantes o sustancias controladas; a toda persona acusada de usar un menor para pornografía infantil; agresión sexual; secuestro; conspiración para cometer delito grave de primero grado o segundo grado...se dejó para el jueves la discusión de tres proyectos camerales, dos de éstos, que proponen enmendar varias Reglas de Procedimiento Criminal de 1963. Uno es el proyecto cameral 3871, que busca enmendar las Reglas 218 y 228 para disponer que en caso de que una persona incumpla con ciertas condiciones de la fianza impuesta el Tribunal ordenará el arresto del imputado, revocará la fianza y ordenará su encarcelamiento hasta que se emita el fallo correspondiente. La segunda medida es el proyecto cameral 3873, que busca enmendar las Reglas 23, 95 y 95B para establecer nuevas condiciones que regirán el descubrimiento de prueba y la evidencia a presentarse en la vista preliminar. Por ejemplo, la pieza legislativa destaca que la defensa, luego de presentada la acusación o denuncia, tendrá un término jurisdiccional de 20 días para solicitar el correspondiente descubrimiento de prueba...El otro proyecto cameral que se discutirá el jueves es el 3874, que enmienda la Ley de Sentencia Suspendida y Libertad a Prueba, para facultar a los oficiales correccionales a gestionar el arresto inmediato de aquellos probandos que violenten las condiciones impuestas para la libertad de prueba..."

http://www.elnuevodia.com/senadoposponeparajueveslamedidadefianzasmasseveras-1262562.html 


Nota.- parens patriae.- Latín para el "padre de la patria" y término para la doctrina que establece que el gobierno es el custodio y responsable de toda la gente; la doctrina concede el poder y la autoridad inherente del Estado de proteger a las personas que no pueden legalmente actuar en su propio beneficio y bienestar. El Estado puede tomar decisiones con respecto al tratamiento de la salud mental a nombre de quién es mentalmente incompetente para tomar la decisión pero solamente al grado que se limite al tratamiento razonable y necesario. Los Estados pueden también invocar parens patriae para proteger intereses tales como la salud, el bienestar de la gente, derechos ambientales, y la economía general del Estado.

domingo, 20 de mayo de 2012

Sumario inicial: sobre enmienda propuesta al Derecho de fianza en Puerto Rico: argumentos.


Alcanzar el equilibrio es un supremo reto conceptual tanto en el arte como en la ciencia, como en la sociedad.

Benjamín Franklin opinaba que era imposible la justicia hasta tanto los inafectados como los ultrajados estuvieran de acuerdo.

 ¿Qué es lo justo?

Por milenios los filósofos han discutido esta pregunta. La justicia, como la belleza o calidad, es un etéreo y difícil de definir concepto. Santo Tomás de Aquino, el teólogo y filósofo, definió la justicia como la voluntad constante y perpetua de dar, o reconocer a cada uno su merecido (muy en armonía con la definición de Ulpiano de "dar a cada cual lo suyo").

Entonces el problema de lo merecido entra en primer plano ya que lo merecido no debe ser un prejuicio ni la idea preconcebida de lo que es el valor que dicha persona, valga la redundancia, se merece. Lo merecido es el equilibrio exacto y el producto de una ecuación, no es anticipo.


Concordemos que de acuerdo a la física el equilibrio requiere:
1. Peso y contrapeso; distribución igual del peso, de la cantidad, del etc.
2. Elementos en función para producir equilibrio; contrapesos.
3. Regularidad (mental) o estabilidad (emocional); hábito del comportamiento, del juicio, factores de inercia, etc.

El ejercicio metafórico es simple, todas esas características juegan un rol en el planteamiento del equilibrio.

La idea de justicia late en el equilibrio reflexivo de los principios del Derecho: libertades básicas, la aceptación (igualdad) de las diferencias y la acción afirmativa entendida como equidad parcialmente resuelta por la igualdad de oportunidades, enfrentada a la discriminación como antítesis de lo justo e imagen del desquilibrio.

Por otro lado hemos expuesto argumentos con respecto a la controversia que surge de la propuesta de enmienda del Derecho de fianza, a saber:

Primero: ¿Porqué votar NO, y porqué todos pueden votar NO...??? ...la fianza no es un castigo sino un mecanismo para garantizar comparecencia a la corte, esto a la ligera se interpreta que mediando el derecho a la presunción de inocencia lo que es interés apremiante es que se asegure el sistema judicial que los imputados/ posteriormente acusados no se fuguen o desaparezcan antes de culminarse su "día en corte".

Hay una impresión generalizada (y que de hecho tiene juristas que lo postulan) de que la fianza es un castigo, pero si es un castigo entonces eso equivale de cierta manera a imponerle una cuota de responsabilidad adicional tanto a la vista de causa para arrestar como a la vista misma de la fianza (pues adjudica esa pena/castigo), vamos el ejercicio es si la persona imputada/sospechosa/acusada resulta ser exonerada ¿qué hubo de los meses que estuvo, primero sumariado, luego encarcelado con causa probable esperando el juicio...??? ¿Qué, un perdona sae'...??? ...realmente creo que los criterios de eficiencia/ efectividad deben ser prioritarios porque si realmente al eliminar derechos constitucionales no estamos atendiendo el problema de la criminalidad surge la interrogante ¿para qué..??? otro asunto medular es que plantean la eliminación del derecho de fianza a presuntos asesinos (asesinato en primera) pero este ejercicio presupone que la evaluación de la prueba/evidencias que apoya la vistas de cargos tengan el rigor de excluir los casos por homicidio a priori lo que no deja ser nuevamente una carga procesal que violenta el proceso del juicio en su fondo y de procesarse el caso por jurado constituye una presión e influencia indebida en la imparcialidad del jurado (que se entera que el preso ya sido "prejuzgado" como asesino en primera)... estamos hablando de una figura abominable ya que estamos hablando de celebrar mini-juicios en las etapas iniciales y prelimminares del proceso lo que contamina el proceso en su fondo...

Vean:

El Cuco y el derecho a la fianza...
http://ortizfeliciano.blogspot.com/2012/02/el-cuco-y-el-derecho-la-fianza.html

Estadísticas oficiales rebaten teoría del Gobe de la fianza
Por: Ely Acevedo Denis 17/03/2012 8:25 pm
Mientras el gobernador Luis Fortuño no acaba de presentar estadísticas que demuestren que un imputado es más propenso a cometer otro delito estando en libertad bajo fianza, uno de argumentos cardinales para justificar su propuesta de enmendar la Constitución para eliminar este derecho en casos de asesinato, una ponencia de la Oficina de Servicios con Antelación a Juicio (OSAJ) expuso que solo un 2.4% de los imputados que supervisaban habían cometido un nuevo delito estando en libertad bajo fianza.

Vean:
http://www.noticel.com/noticia/120397/estadisticas-oficiales-rebaten-teoria-del-gobe-de-la-fianza.html#.T66JIr6QjVA.facebook 



Segundo: Existe una modalidad de la corrupción que se refiere al delito que se conoce como falsa representación fraudulenta. Es una modalidad de fraude. Artículo 210 de la Ley Núm. 149 de 18 de junio de 2004, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, tipifica el delito de fraude a saber:

Artículo 210. Fraude. Incurrirá en delito grave de cuarto grado, toda persona que fraudulentamente: (a) Induzca a otra a realizar actos u omisiones que afecten derechos o intereses patrimoniales sobre bienes inmuebles o bienes muebles de esa persona, del Estado o de un tercero, en perjuicio de éstos; o (b) Realice actos u omisiones que priven a otra persona o afecten los derechos o intereses patrimoniales sobre bienes inmuebles o muebles para perjuicio de ésta, del Estado o de un tercero. (Código Penal)

Incide en la falsedad de declaraciones en que el declarante (1) está enterado que hace una declaración que es falsa, incompleta o desatiende la posibilidad de que es falso o incompleto, (2) el que hace la declaración la hace para inducir a otro u otros a que produzcan un acto legal (cuestionable), y (3) el otro u otros como resultado de la declaración de falsa representación fraudulenta sufre una pérdida de bienes y/o derechos patrimoniales.

Los Derechos civiles son por definición patrimoniales.

Se puede interpretar como un acto de corrupción, veamos:

Corrupción es la acción y efecto de corromper, se puede interpretar como (pero no se limita a): Alteración o vicios en un libro, declaraciones, informes, testimonios, documentos o escritos. (Der.) En las organizaciones, especialmente en las públicas, práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de aquellas en provecho, económico o de otra índole.

Se aplica en la medida que pueda establecerse con razonamiento prudente que las declaraciones falsas se producen para inducir a error con el objetivo de lograr un provecho. Sometemos que un acto de distracción o crear confusiones sobre la realidad puede interpretarse como un provecho para quienes entienden que sus personas y funciones están implicadas en aspectos negativos de la realidad por ende distraer o confundir es provechoso.

Veamos el teorema en un constructo de interrogantes:
¿Es la propuesta de enmienda constitucional del Derecho de la fianza un acto legítimo o una distracción?

¿Es la propuesta de enmienda constitucional del Derecho de la fianza un acto importante tal como medida que impacta los patrones de conducta delincuente, atiende las bases de injusticia económica que provee apoyo racional para la entrada de ciudadanos a la empresa delictiva, provee mecanismos para atender situaciones de salud mental que puedan provocar que ciudadanos inestables procedan de manera delincuente, o cambia el clima de violencia social?

¿Es la propuesta de enmienda constitucional del Derecho de la fianza esencial, y urgente para el desempeño de los derechos civiles?

Paréntesis obligado: nos refleja la data pertinente: Mediante data de fuentes de gobierno debemos estipular que el promedio de delitos que son procesados judicialmente se reduce a un promedio de 30% del cosmos de los actos delictivos, de este cosmos reducido, data de fuentes de la Oficina de Antelación de Juicios nos indica que menos del .03% de los delitos totales cometidos, son cometidos por ciudadanos en violación de sus condiciones supervisadas bajo el Derecho de fianza. Desconocemos al momento de esta redacción el porciento de ese .03%, del 30% de los delitos procesados que responden al delito de asesinato en primera.

Conclusión lógica: Sospecho que la razón es distraer a los votantes de otros temas tales como el desempleo masivo, gastos cuestionables del gobierno que no han atajado las diversas crisis sociales que aquejan a la población, la precaria economía, problemas de justicia económica, corrupción y fraude electoral, y problemas con los altos costos de los servicios fundamentales de energía eléctrica y agua que caracteriza el momento histórico en el que se avecinan unos nuevos comicios.

Sugerencias para debatirse: ¿Usted piensa que el énfasis a escala nacional de un problema de menos del .03% del 30% de la ola criminal es un acto legítimo, aunque al implementar dicha consulta constitucional además de incurrir en gastos significativos se propone la posibilidad de alterar el cuadro de derechos civiles fundamentales existentes? ¿O es tema para distraer a los votantes de temas más importantes? ¿Es la distracción una forma de falsa representación fraudulenta de la realidad y por ende un acto que se puede interpretar como corrupto..???



Tercero: Apuntes para un debate de altura y exhortación a los medios a ensayar criterios éticos.

En estos momentos es ley la consulta de enmienda constitucional al Derecho de fianza. Podemos estar en contra de que sea así pero ese desagrado o disgusto no le resta a la realidad de que el proceso como cosa de hechos y derechos va. No prevemos que la legislatura le de marcha atrás a dicho proceso mediante un contra-proyecto y aunque hay sugerido una acción impugnando dicho proceso (a nuestro conocimiento el PIP ha anunciado dicha acción pero no la ha radicado), para todos los efectos reales debemos partir de la premisa que el proceso se encuentra en curso.

En estos momentos lo que gira en torno a un tema tan importante es una especie de melodrama que se enfoca en las personalidades del gobernador y del candidato a gobernador del PPD. Escucho comentarios sobre, seamos cautos, evaluaciones de personalidad que de cierta manera desplazan los méritos o deméritos de la propuesta.

Para empezar encuentro que no hay una explicación sobria de qué propone dicha enmienda, parte de ese rol informativo me parece que le toca a los medios de información, esperamos. Hay ciertos grupos que han manifestado su interés o disposición de asumir roles activos y tal vez colaborativos en el debate de dicha propuesta, esperamos entusiastas ya que entendemos que no es poca cosa trastocar un Derecho ciudadano que implica restar oportunidades de libertad a posibles sospechosos, imputados o acusados de causas penales. Nos parece que este tema se debe, como todo tema, enmarcar dentro de su necesario contexto tanto circunstancial - la realidad de la crisis de la seguridad en la isla - como doctrinal - esta propuesta responde a una manera de enfrentar dicha crisis.

Hasta ahora se percibe mucha fanfarria, mucho agite, mucha declaración apasionada de estribillos, eslogans y frases estereotipadas. Ante un tema tan importante es temible que este tipo de dinámica sea la que se imponga. Irresponsables son los abogados que sean políticos o militantes partidistas, del bando que sea, que participen de dicho espectáculo. El tema tiene un fondo retante de planteamientos constitucionales que debemos exhortar sea presentado de una manera digerible para la ciudadanía, no es momento de chi-ji-chi-já. La Constitución aunque tengas reparos sobre su contenido y naturaleza, fue un documento largamente pensado, no aspiremos a realizarle enmiendas con prisas y apuros, es ser injusto con un documento cuyo objetivo es garantizar la justicia. El colmo de los colmos.

Previamente he mencionado que existe un proceso importante de críticas, evaluaciones y procesos judiciales en torno a las estrategias policiales del NYPD. Es importante que le demos seguimiento a este proceso porque muchas de las ideas estratégicas que han implantado en la isla responden a digamos adaptaciones de esas estrategias y mentalidad. 

Favor ver:
https://www.facebook.com/photo.php?fbid=10150957940370539&set=a.156321780538.150469.607415538&type=1&theater 

Hoy nos enteramos que un juez federal concedió la certificación de demanda de clase en un pleito que desafía al Departamento de Policía de Nueva York (NYPD) y sus prácticas como inconstitucionales y discriminatorias. Permitirá a todas las personas perjudicadas o implicadas desde enero de 2005 ser demandantes en el pleito.

En 2011, el NYPD divulgó que sus oficiales realizaron (un record) 685.724 intervenciones policiales - 600% de aumento - desde el 2002. El 84% de las intervenciones fueron a negros y latinoamericanos, el 88% de dichas intervenciones no resultaron en arrestos ni emplazamientos por ausencia de causa probabable. Cifras del primer trimestre de 2012 demuestran otra alza - sobre 203.500 entre enero y marzo - un promedio de 2.200 intervenciones por día. A la tasa actual, el NYPD puede totalizar 730.000 intervenciones este año - más de 40.000 que en 2011.

El pleito es Floyd, et al. v. City of New York, et al.

Información del pleito:

http://ccrjustice.org/ourcases/current-cases/floyd-et-al 

Certificación de la demanda de clase:

http://ccrjustice.org/files/5-16-12%20Floyd%20Class%20Cert%20Opinion%20and%20Order.pdf 

En un momento la jueza Shira Scheindlin plantea claramente la importancia de intervenir ante este tipo de mentalidad represiva como "a vindication of the Constitution and an exercise of the courts' most important function: protecting individual rights in the face of the government's malfeasance".

Traduzco libremente como: "una reinvindicación de la Constitución y un ejercicio de la función más importante de las cortes, proteger los derechos individuales en cara de mala conducta o fechorías del gobierno".

Este proceso es clave ya que demuestra, propongo, lo errado de estructurar estrategias policiales a base de criterios a-priori que no contemplen la importancia de los Derechos civiles muy en especial la presunción de inocencia vis a vis los prejuicios raciales y de otro tipo que parecen caracterizar las intervenciones. Someto que estos argumentos son claves ya que los argumentos que proponen la enmienda constitucional al Derecho de fianza son ese mismo tipo de enfoque y mentalidad.

Escuchamos casi consecutivamente los proponentes de la enmienda decir que la enmienda aplica solo a los criminales, en sus palabras se encierra el prejuicio, de facto ya han sentenciado al sospechoso (en este error mayúsculo hasta a vetustos ex-gobernadores hemos escuchado proferir sus opiniones iguales de prejuiciadas, arbitrarias y discriminatorias, hemos leido hasta un ex-gobernador y profesor de Derecho alegar que "no se quitan todas las libertades" y brota el axioma de que medias o parciales libertades no son libertades). Los criterios de este tipo de prejuicios suelen como vemos en el caso de la data del NYPD ser sumamente sospechosos, arbitrarios y discriminatorios.

Acción policial discriminatoria, así como violaciones de la Cuarta enmienda contra búsquedas e intervenciones irrazonables pueden, de unirse a la negación del Derecho de fianza, componer un cuadro tétrico para las libertades ciudadanas.

Precisamos de foros sin apasionamientos ni tiri-jalas que traten esta temática, el rol de los medios cobra una importancia vital. La severidad de la crisis de la criminalidad no es razón para desarrollar este proceso de una manera descuidada, tribalista y chapucera. Atentos todos.

Favor ver referente a investigaciones del NYPD:

http://www.huffingtonpost.com/2012/05/13/nypd-stop-and-frisks-15-shocking-facts_n_1513362.html

http://www.huffingtonpost.com/2012/05/10/nypd-stop-and-frisk-new-nyclu-racial-disparities_n_1506391.html 



Y ahora deseamos presentar un cuarto elemento para ser sopesado en el debate:

El principio de Blackstone (también conocido como relación de Blackstone o la formulación de Blackstone ): "mejor que diez personas culpables escapen que un inocente sufra", expresada por el jurista William Blackstone en sus Comentarios sobre las leyes de Inglaterra , publicado en la década de 1760. El principio es mucho mayor que la formulación de Blackstone, está estrechamente ligada a la presunción de inocencia en los juicios penales. Un ejemplo temprano del principio aparece en la Biblia (Génesis 18:23-32):

 (23) Y acercóse Abraham y dijo: ¿Destruirás también al justo con el impío? (24) Quizá hay cincuenta justos dentro de la ciudad: ¿destruirás también y no perdonarás al lugar por cincuenta justos que estén dentro de él? (25) Lejos de ti el hacer tal, que hagas morir al justo con el impío y que sea el justo tratado como el impío; nunca tal hagas. El juez de toda la tierra, ¿no ha de hacer lo que es justo? (26) Entonces respondió Jehová: Si hallare en Sodoma cincuenta justos dentro de la ciudad, perdonaré á todo este lugar por amor de ellos. (27) Y Abraham replicó y dijo: He aquí ahora que he comenzado á hablar á mi Señor, aunque soy polvo y ceniza: (28) Quizá faltarán de cincuenta justos cinco: ¿destruirás por aquellos cinco toda la ciudad? Y dijo: No la destruiré, si hallare allí cuarenta y cinco. (29) Y volvió á hablarle, y dijo: Quizá se hallarán allí cuarenta. Y respondió: No lo haré por amor de los cuarenta. (30) Y dijo: No se enoje ahora mi Señor, si hablare: quizá se hallarán allí treinta. Y respondió: No lo haré si hallare allí treinta. (31) Y dijo: He aquí ahora que he emprendido el hablar á mi Señor: quizá se hallarán allí veinte. No la destruiré, respondió, por amor de los veinte. (32) Y volvió á decir: No se enoje ahora mi Señor, si hablare solamente una vez: quizá se hallarán allí diez. No la destruiré, respondió, por amor de los diez.

Benjamín Franklin lo dijo claramente "es mejor que [cientos de] personas culpables escapen antes que un inocente sufra."
(Carta de Benjamín Franklin a Benjamin Vaughan; 14 de marzo de 1785)

Fue la opinión de Benjamín Franklin que ausente la justicia, la sociedad civil era imposible, con la que los otros autores de la Constitución estuvieron de acuerdo referente a la importancia esencial de la justicia en una democracia.



miércoles, 16 de mayo de 2012

Presunción: una historia verdadera.


Creo que casi siempre que he escuchado a alguien hablar sobre negar el Derecho de fianza a acusados de asesinato hablan de negarle la libertad a criminales.

De golpe y porrazo ya han sentenciado a quien se supone que en mayor o menor grado tenga la presunción de su inocencia. Estemos claros, este es el sistema de justicia de Puerto Rico, pero hay otros sistemas en el mundo. Hay sistemas en que no se presume la inocencia, y esos sistemas no son pocos, los encuentras en sociedades tan disimiles como Santo Domingo y la República Popular de la China, es de hecho también el sistema imperante en España, pero no en Puerto Rico.

Las diferencias de los sistemas de justicia tanto como cosa de procesos como de derechos es tema de cursos avanzados de Derecho, de Filosofía, de Ciencias políticas y de Sociología, entre otros. El impacto de esos sistemas en las vidas de los involucrados es tema de una vasta literatura que ocupa diversos géneros desde la narrativa hasta los ensayos doctrinales. No es tema de poca monta.

Pero permita preguntarles ¿recuerdan el nombre Jonathan Román Rivera...???

Antes de seguir quisiera recordar unas palabras de su madre: "En Puerto Rico, hay muchas madres sufriendo, yo les pido que oigan lo que oigan, si estás convencida de la inocencia de tu hijo, lucha por ella... aunque el sistema tiene fallas, yo todavía creo en el sistema de justicia”, indicó, aseguró que su familia atravesó “por un proceso doloroso, muy duro”. “Pero nunca perdí la fe...Sí, somos marginados de una comunidad que está subiendo con el deseo de quitarse este manto negro que siempre le han puesto, una comunidad hermosa, muy solidaria y unida..."

Sucede que la madre es de La Perla, sucede que su hijo estuvo un poco más de ocho meses preso por un asesinato que no cometió. La condena impuesta por el crimen contra Román Rivera era de 108 años. Le vuelvo a preguntar si recuerdan a Jonathan Román Rivera, estos hechos sucedieron apenas hace cuatro años.

Aunque el sistema como dicen "le echó el guante" los vecinos de Román Rivera de La Perla reclamaron que el joven no era el asesino de Adam Anhang, de 32 años, propietario de varios restaurantes en Puerto Rico.

Anhang falleció a causa de los golpes y puñaladas que sufrió en un callejón de la capital la noche del 22 de septiembre de 2005.

El 13 de diciembre de 2007, Román Rivera le dijo al juez antes de ser sentenciado: "con mucho respeto (...) yo no tengo nada que ver con esto, soy inocente".


Jonathan Román Rivera fue un inocente acusado y encarcelado por un asesinato. Si nos dejamos llevar por el tipo de mentalidad que hoy se expresa enardecida a favor de eliminar el derecho de fianza a acusados de asesinato, el caso de Jonathan los contradice por completo.

Una medianoche en septiembre de 2005, la policía encontró el cuerpo del hombre de 32 años apuñalado múltiples veces, su cráneo destrozado a golpes.

Testigos presenciales dijeron que un hombre salió de las sombras del callejón y lo ataca con un cuchillo. El caso llenó las primera planas, consternó al público, el caso era prioritario.

Dos testigos presenciales, uno un abogado que cena en San Juan esa noche a solo 10 pies del asesinato. Según este testigo tuvo buena mirada del asesino. Él lo describió como corpulento, entre 5' 8" y 5' 10" , con bigote y una pequeña barba. El testigo también dijo que sus ojos se encontraron con los ojos del asesino, y que lo vio escurrirse en dirección de La Perla.

Tres semanas después del asesinato arrestaron a un hombre de esa descripción. Su nombre: Jonathan Román Rivera, un empleado de restorán de 22 años.

En marzo de 2007, 17 meses después de su arresto, Jonathan libre bajo fianza, se quejaba del grillete en su tobillo.

En septiembre empezó el juicio. Fue encontrado culpable de asesinato en primer grado y sentenciado a 108 años.

Los que argumentan sobre la enmienda al Derecho de fianza pensarían que nunca debió gozar de dicha libertad bajo las condiciones supervisadas y el grillete. El problema de dichos argumentos es la realidad.

Seis meses después de ser condenado a cumplir 108 años de cárcel se supo que era inocente.

“La evidencia desarrollada y corroborada durante la vigencia de esta investigación sugiere que un hombre inocente ha sido injustamente condenado y encarcelado en este caso”, afirmó la fiscal Rosa Emilia Rodríguez. "Hay un inocente en la cárcel y nos preocupa eso", dijo Rodríguez.

Podemos recordar que durante el proceso del juicio el ardor del público contrastaba marcadamente con las expresiones de la gente de La Perla que juraban que el hombre era incapaz de semejante crimen. Pero lo cierto es que los medios dieron cuenta de que Román Rivera conocía al hombre fallecido, que había ido a uno de sus negocios precisamente esa misma noche fatal.

Es un criminal pensaba la mayoría, un cruel y sanguinario criminal, que no se merece el Derecho a la fianza pensarían los que abogan por la enmienda constitucional con igual coraje y convicción. Lo cierto es que de encontrarse en efecto dicha enmienda no hubiese disfrutado de ese Derecho, era un acusado de asesinato en primer grado.

Pero resultó que Jonathan Román Rivera era inocente y todos los que lo prejuzgaron, hasta el jurado, y los representantes del Ministerio fiscal, todos se equivocaron.

De la manera que transcurrieron los hechos Jonathan estuvo ocho meses encarcelado por un delito que no cometió, sin el Derecho de fianza hubiese estado más de dos años preso siendo inocente.

Hay lecciones que aprender de esta historia real. Someto que estas lecciones deben obligarnos a pensar en dicha enmienda con mucha calma.

Sino pregúntenle a Jonathan Román Rivera o a su madre.

posdata.- Este, insisto, es un relato verdadero.

- roberto 'pachi' ortiz feliciano

Favor ver documento en vídeo relacionado: http://vimeo.com/46765124

sábado, 12 de mayo de 2012

Proclama del Día de las Madres: historia de un movimiento feminista radical.



Nosotros y nosotras que por ratos hemos cuestionando la validez de los días de fiesta como el Día de las Madres, motivados, inquietos o hasta molestos por un sistema que explota nuestras emociones y manipula nuestros sentimientos, hemos atribuido la celebración de la fecha a un ardid de la mercadotécnica.

Permita sugerir que aunque algo de eso sin dudas existe (como verán más allá de las sospechas), nos equivocamos sobre las raíces históricas de la celebración del Día de las Madres. Sucede que como tantas otras cosas en la vida la comercialización ha alterado su significado y enterrado su verdadera historia.

El Día de las Madres, permita que someta, es único en su totalmente radical e historia feminista, olvidada historia, marginada historia de, como verán, lo que fue un movimiento de mujeres, primero por lograr que se celebrara, y segundo, por lograr que dicha celebración tuviese contenido socio-político de denuncia y movilización. En un momento largo en el que las mujeres no tenían pleno Derecho de expresión ni gozaban de ciudadanía con Derecho al voto o a ocupar puestos políticos fue una manifestación y un reclamo de sus derechos como mujeres cristalizado en la figura de la madre.

Se alimenta de antiguas tradiciones (en todas las civilizaciones antiguas se perciben rituales de honrar la maternidad ya fuese mediante deidades y mitos, ya fuese como festejos al rol social de la madre) pero la fecha que cada segundo domingo de mayo se celebra en Puerto Rico y los Estados Unidos se relaciona directamente con una Proclama que me atrevo a decir es una audaz proclama radical del puño y letra de una mujer que con su documento inicia una etapa del movimiento feminista como un grito, estrategia y acto de protesta social.



En 1870, escribe Julia Ward Howe el poema titulado 'Proclama del Día de las Madres:

¡Levántense, mujeres de hoy!
¡Levántense todas las que tienen corazones, sin importar que su bautismo haya sido de agua o lágrimas! Digan con firmeza: 'No permitiremos que los asuntos sean decididos por agencias irrelevantes. Nuestros maridos no regresarán a nosotras en busca de caricias y aplausos, apestando a matanzas. No se llevarán a nuestros hijos para que desaprendan todo lo que hemos podido enseñarles acerca de la caridad, la compasión y la paciencia.
Nosotras, mujeres de un país, tendremos demasiada compasión hacia aquellas de otro país, como para permitir que nuestros hijos sean entrenados para herir a los suyos. Desde el seno de una tierra devastada, una voz se alza con la nuestra y dice '¡Desarma! ¡Desarma!'
La espada del asesinato no es la balanza de la justicia. La sangre no limpia el deshonor, ni la violencia es señal de posesión.
En nombre de la maternidad y la humanidad, les pido solemnemente que sea designado un Congreso general de mujeres, sin importar nacionalidad, y que se lleve a cabo en algún lugar que resulte conveniente, a la brevedad posible, para promover la alianza de diferentes nacionalidades y el arreglo amistoso de cuestiones internacionales.

Julia Ward fue abolicionista y activista, defensora de los derechos de las mujeres en el contexto sociopolítico propio de la sociedad norteamericana de mediados del siglo XIX. Es de las precursoras inmediatas del movimiento del voto de las mujeres (sufragistas).

Al revisar sus cartas conocemos una historia impactante de una mujer de sus tiempos que les adelanto no deja de sentar unos parámetros que a mi parecer siguen vigentes (por lo cual tal vez esta historia es marginada): Fue una mujer casada, sin vida fuera del hogar, que no podía participar en las cuestiones públicas ni administrar sus bienes. Describe los primeros años de vida matrimonial expresando la tristeza y luchas de una mujer que busca la independencia.

Julia fue madre de cinco hijos y, aunque consideró el divorcio varias veces llegando incluso a separarse en 1852, regresó y siguió casada en parte porque él la amenazó con alejarla de sus hijos si se divorciaba tal y como establecía la ley de divorcio y la práctica estándar y común en ese momento.

Julia, sola, decidida a hacer algo motivada por sus desaciertos emocionales en un mundo que le negaba las libertades esenciales, estudia Filosofía, aprende varios idiomas y se dedica a su propia formación y educación sin abandonar el cuido de sus hijos.

Publicó de forma anónima "Flores de Pasión", una colección de sus poemas. Su identidad se supo y su esposo considera un desafío a su autoridad y una desobediencia traidora la obra de su esposa. El matrimonio llegó a un acuerdo y Julia se las arregla para liberarse de su marido y asegurar sus propios intereses.

Comenzó a involucrarse más en la escritura y en la vida pública. En 1893, Julia Ward Howe participó en la Exposición de Chicago (Feria Mundial), en la que presidió una sesión y presentó un informe sobre "Moral y reforma Social". Publicó "¿Qué es la religión?" en donde afirma que cualquier religión que sacrifica a las mujeres a la brutalidad de los hombres no es una religión.

Su proclama, como vemos, exhorta a la acción: Escrito en respuesta a la Guerra Civil americana y a la guerra Franco-Prusiana, invita a las mujeres a utilizar su posición como madres para enfrentar la sociedad y poner fin a todas las guerras. Ella pide oponerse a la violencia como madre, protestando la futilidad de que sus hijos mataran a los hijos de otras madres.

Julia Ward falleció en 1910. Cuatro mil personas asistieron a su funeral testtimonio de lo amplio y profundo que caló su lucha feminista y sus escritos de mujer rebelde e indómita.


A pesar del fracaso inicial de su Proclama, Julia Ward Howe sin embargo había sembrado la semilla que florecería en lo que conocemos como el Día de las Madres. Un grupo de mujeres de Virginia Occidental lideradas por Ana Reeves Jarvis comenzó a celebrar una adaptación de la propuesta de Howe.

Después de que Ana Reeves Jarvis murió, su hija Ana M. Jarvis hizo campaña para la creación de un día oficial en conmemoración de su madre y las madres en general; y en honor de la paz. El 10 de mayo de 1908, se celebra oficialmente en Grafton, Virginia Occidental y una iglesia en Philadelphia, Pennsylvania el Día de las Madres. El acontecimiento reunió a unas 407 personas y Ana Jarvis dispuso como símbolo de la actividad el clavel blanco - la flor preferida de su madre.

Ya en 1909 cuarenta y seis estados celebran el Día de las Madres y se reflejan actividades similares en partes de Canadá y de México.

Fotografía histórica de una manifestación originaria del "Día de las Madres" como un acto de protesta.

Al prosperar captura la atención de la industria de la flor. El diario de negocios, The Florists Review, propone explotar el día de fiesta. Jarvis se opone tenazmente a la comercialización del día de fiesta, es arrestada por protestar la venta de flores.

En 1914, el Congreso de Estados Unidos aprobó una resolución conjunta, y el presidente Woodrow Wilson firma como ley establecer que el segundo domingo de mayo de cada año se celebraría el Día de las Madres, haciendo hincapié en el papel de la mujer en la familia. Ana Jarvis se opuso a lo que acabó siendo la comercialización del día.

En 1923 ella demanda para detener la comercialización del Día de las Madres, y en el 1930 la vuelven a arrestar. En 1938, la revista Time le dedica un artículo sobre su lucha, pero para entonces era ya demasiado tarde para cambiar la tendencia comercial.

Jarvis escribió, 
“¿Qué harás para encaminar a los charlatanes, los bandidos, los piratas, los chantajistas, los secuestradores y otras termitas que minan con su avaricia uno de los movimientos y de las celebraciones más finas, más nobles y más verdaderos?"

Ana Jarvis muere en 1948 ciega y pobre, la mujer que luchó su vida entera por el Día de las Madres muere sola y sin hijos. Al momento de su muerte el Día de las Madres se celebraba en 40 países (hoy en 70 países aunque algunos lo celebran otras fechas).

La 'National Retail Foundation' (organización de detallistas) estima que las ventas asociadas al Día de las Madres son una industria anual de $16 mil millones. Podría uno al menos cuestionarse cuánto de ese caudal repercute en reales y significativos aportes a la problemática de las madres en una sociedad atribulada de problemas sociales.

Aunque la versión comercializada de la celebración abunda no todos los países han cedido por completo a dicho fenómeno y por cierto es un día en que en muchos países madres que han perdido hijos en guerras  protestan muy en el espíritu de la Proclama de Julia Ward Howe. 


En Puerto Rico la agrupación 'Madres contra la Guerra' es tal vez un excelente y vibrante ejemplo de una organización de mujeres que ha destacado por hacer manifestaciones de contenido social que incluye la denuncia de la industria de la guerra y sus efectos en las comunidades y familias.


Favor ver:
http://madrescontralaguerra.blogspot.com/

Yo hoy al redactar esta nota celebro mi madre que fue la que primero me dijo, y siempre me repetía, que este día era cosa de otra cosa que lo que la gente celebraba.






jueves, 10 de mayo de 2012

Conozca sus derechos: privacidad electrónica y twitter: notas en proceso.


La verdad sobre la privacidad electrónica.

La realidad es que no existe. No es que no existan verdades, es que no existe privacidad electrónica como derecho absoluto. Firmas acuerdos pero significan poco sino nada y el hecho es que es muy poco sino nada  puedes hacer al respecto. Todo lo que usted escribe, publica o reproduce en el Internet y cada búsqueda que usted realiza se sigue y se archiva de alguna manera. De lo que se trata es en muchas instancias si dichas informaciones se pueden admitir como evidencia en procesos judiciales. Y eso se encuentra en proceso de adjudicarse.

Contradicciones entre lo que haces y lo que quisieras que se haga con lo que haces.

Según recoge el estudio “The Truth About Privacy” (La verdad sobre la privacidad), el 71% de los usuarios comparte sus datos. De los 6.525 usuarios entrevistados para el estudio, el 48% aseguró que comparte su localización, y el 39% datos personales. Además, un 31% aseguró querer entender de forma clara en qué le beneficia permitir a tercero acceder a sus datos. La privacidad es una calle; aunque están dispuestos a compartir sus datos, no están dispuestos a hacerlo a ciegas. Un 55% no quiere compartir sus datos con terceros, el 51% quiere saber cómo se utilizan sus datos y el 50% quiere controlar la información que ha compartido.


¿Quien es propietario de los tweets?

"Twitter", dice un juez mientras "El usuario", responde Twitter, en un tema que será resuelto por un tribunal que sentará un importante precedente.

La interrogante ha surgido como resultado de la causa judicial contra un comentarista político estadounidense de nombre Malcolm Harris. Entre otras cosas, Harris participó en una marcha realizada octubre de 2011 donde fue detenido junto a otros manifestantes en el puente de Brooklyn.

Entre los cargos presentados en su contra por la fiscalía, se incluye haber desobedecido órdenes policiales, en que se les prohibía cruzar el puente, en consideración al tránsito de vehículos. La fiscalía intenta probar que Harris conocía esta orden, por lo que ha requerido leer los tweets enviados por el inculpado antes de la manifestación.

Harris y su abogado se oponen al requerimiento, invocando la disposición  (IV Enmienda) constitucional que protege a los ciudadanos contra allanamientos irrazonables. El juez respaldó a la fiscalía, señalando que Harris no tiene derecho a mantener en secreto sus tweets.

El argumento del juez es que Harris, en derecho, no es propietario de sus tweets, y que éstos pertenecen a Twitter. En consecuencia, el tribunal dio órdenes a Twitter, de entregar la información solicitada por la fiscalía.

Twitter reaccionó remitiendo al tribunal un memorando de 32 páginas (documento PDF en inglés. a continuación suministro el enlace con el memorando), donde rechaza al requerimiento. En el documento, indica que el razonamiento del juez parte de un precepto equivocado: no es Twitter, sino el propio usuario, que es propietario de los tweets. Por lo tanto, es improcedente requerir a Twitter entregar los tweets de Harris o de cualquier otro usuario del servicio. Twitter precisa que los contenidos generados por sus usuarios, y almacenados en sus sistemas, sólo pueden ser entregados a los tribunales al existir una orden válida de allanamiento. Con ello, el tema se convierte en un asunto de principios, que podría incidir en la capacidad de las autoridades de utilizar contenidos publicados en redes sociales, como pruebas inculpatorias contra los propios usuarios de las mismas.

Memorando (copia):
https://www.aclu.org/files/assets/memoinsupportofnon-partytwittermotion_to_quash.pdf


La organización de derechos civiles ACLU (American Civil Liberties Union) explica que los planteamientos de Twitter son correctos, y constituyen un principio importante en momentos que los contenidos de redes sociales son utilizados en grado cada vez mayor para inculpar a los usuarios en juicios.

ACLU indica que el tema se refiere fundamentalmente a la libertad de expresión. La organización recalca que el Internet incrementa las posibilidades de la gente de comunicarse entre sí, a la vez que la protección de tal libertad dependerá totalmente de la forma en que los proveedores de conexión y servicios de Internet reaccionen ante este tipo de requerimientos judiciales.

Favor ver:
http://www.aclu.org/blog/technology-and-liberty-national-security-free-speech/breaking-news-twitter-stands-one-its-users

"Por lo tanto, es importante instar a estas empresas -de las que cada vez dependemos más- a hacer todo lo posible por proteger la libre expresión de sus usuarios, y a proteger su privacidad. Por lo mismo, es importante que el público, y otros actores, conozcan a quienes verdaderamente dan un paso al frente para proteger a sus usuarios. Twitter ha actuado con rectitud en esta causa, y merece un aplauso. Esperamos que otras empresas actúen de la misma forma. Nuestra libertad de expresión podría depender de que sigan los pasos de Twitter", concluye ACLU.


Nota de actualización importante:

Facebook lleva a cabo una actualización de su política de datos, 
ver mediante enlaces o en sección de comentarios.


http://www.elnuevodia.com/facebookanunciacambiosensupoliticaymanejodeinformacion-1254997.html


Enlaces de informaciones pertinentes previamente publicadas:

(serie 'Conozca sus derechos:)
los diez mandamientos de los derechos de un fotógrafo, camarógrafo y videógrafo; y algo más sobre el tema:

importante precedente de Cuarta enmienda- registros y allanamientos que incluya equipo de rastreo electrónico (GPS):

consideraciones de Cuarta enmienda- registros y allanamientos que incluyan computadoras y sistemas de data electrónica:

(serie ' En el escritorio: temas pendientes:')
identidad, privacidad e intimidad en la calle:
http://ortizfeliciano.blogspot.com/2012/02/en-el-escritorio-temas-pendientes.html

identidad, privacidad e intimidad en la calle- actualizaciones:
http://ortizfeliciano.blogspot.com/2012/04/en-el-escritorio-temas-pendientes.html

ONU: declara acceso al internet un derecho humano:
http://ortizfeliciano.blogspot.com/2011/07/onu-declara-acceso-al-internet-un.html

Sobre el "bilinguismo": realidad, e implicaciones.


"Fortuño quiere que Puerto Rico sea bilingüe..."El bilingüismo abre puertas y ofrece a nuestros niños oportunidades para que se destaquen y alcancen el éxito en un mercado laboral cada vez más competitivo y globalizado", manifestó." (ElNuevodía) http://www.elnuevodia.com/fortunoquierequepuertoricoseabilinguedeverdad-1252730.html

La premisa establece de entrada siquiera dos interrogantes iniciales de gran interés, a saber: primero ¿es real y legítima la propuesta de bilinguismo que ofrece el Gobernador?; y, segundo, ¿cuál es el valor real de un proyecto de bilinguismo como proyecto cultural, sociopolítico y educativo?

Referente a la primera interrogante he sugerido que las motivaciones que subyacen en la oferta de la propuesta son mañadas. He dicho y me reafirmo que dicha propuesta realmente es una versión maquillada del programa opresivo conocido como el "English only" que al ubicarse en un contexto de una comunidad que habla otro idioma, en nuestro caso el español, se contorsionan creativamente para imponerlo de manera, lo que parecen entender es, más digerible con el nombre de bilinguismo. Fortuño, tras negarlo, busca implantar el "English only" para congraciarse con el Partido Republicano y sometemos que su propuesta es principalmente motivada por sus muy personales ambiciones.

Sobre dicha propuesta republicana hemos escrito previamente:
'Sobre el "English only": contexto, una tesis e implicaciones.' http://ortizfeliciano.blogspot.com/2012/03/sobre-el-english-only-contexto-una.html

Nos reafirmamos en el contenido de dicha publicación, sintetizo, el proyecto "English only" que nos llega desde el "Tea Party" es una táctica para adelantar intereses económicos mediante su efecto en el proceso político y sus objetivos en nada tienen que ver con altruismo educativo.

Sobre la segunda interrogante obra una biblioteca de estudios y opiniones eruditas ya que el bilinguismo como concepto no es para nada idea novel. Casi todos los países que han lidiado y de hecho lidian con realidades de tener comunidades de diversos registros culturales idiomáticos han en ese proceso enfrentado proyectos similares, ejemplos abundan en España, y Canadá.

Propongo de manera sucinta y compacta hacer un recorrido ante posiciones muy respetables dentro de la comunidad intelectual sobre el concepto del bilinguismo.

Hago nota excepcional de entrada que existe en la bibliografía intelectual puertorriqueña un texto que se merece destacar:
'La falacia del bilingüismo' de Esteban Tollinchi;
Editorial de la Universidad de Puerto Rico, (1967), Río Piedras, P.R.

Nos parece acertado que tanto la academia como cualquier foro cultural en este momento se proponga un replanteamiento del texto de Tollinchi, tal vez debe ser encargo de la misma Universidad de Puerto Rico, veremos. Personalmente me fascinaría escuchar al Doctor Marcelino Canino re-encontrarse con el contenido del escrito de Tollinchi.

En espera de esos debates que auguro que todo intelectual serio y verdaderamente comprometido debe reclamar, me adelanto con unas impresiones generales.

El problema del bilingüismo es conceptual. En teoría, el bilingüismo, la oficialidad de dos idiomas que yacen de manera armonioso suspendidas en el cosmos linguístico de una comunidad de manera apacible, es muy bonito (me permito "too good to be true").

Es como hablar de que los seres humanos pudiésemos tener alas para volar como las aves, hermosa idea sin dudas que ha cautivado la humanidad durante toda su existencia civilizada y de seguro desde antes. Pero tal como en el mito de Icaro tememos que el volar resulte en la tragedia.

Como las alas que construye Dédalo y que ocasionan la muerte de su hijo, el bilinguismo es una falacia que de inmediato planteamos que pertenece al palio de los políticos que abogan oficialidad de los dos idiomas en absoluta igualdad de condiciones pero en la realidad implica un entramado de considerables dimensiones tanto culturales, sociológicas como comerciales, a su vez no deja de ser un movimiento de ajedrez político. 

En la práctica, el manso bilingüismo ni se produce ni se puede dar. En realidad, siempre ocurre que se impone una lengua en detrimento de la otra.

Si podemos acordar que el español es por razones históricas el idioma en el que cuajan los fundamentos de la personalidad puertorriqueña, es decir que cuando los primeros en empezar a sentirse puertorriqueños como entes distintivos y propios lo proclamaron en español, por las razones que fuese, sugiero que debe despejarse la duda respecto a la lengua fundamental y garantizarse una educación en español y la libertad de expresarse y ser atendido en español como hecho de definiciones de nuestra idiosincrasia.

La experiencia de Hawaii es un muestra real de un proceso que insisto debemos observar:


Es un apabullante precedente histórico de un gran movimiento de asimilación cultural como estrategia de dominación política y explotación económica el que produjo el más reciente estado de la república estadounidense, Hawaii.

El síndrome de trauma cultural ha ocurrido visiblemente en los Hawaiianos nativos, pero también con los aborígenes en Australia, y otros poblaciones; todas parecen compartir tendencias similares y lo primario son los ataques a sus culturas y sus idiomas, en este proceso se trastocan las creencias, los valores y practicas sociales de dichas poblaciones.

Por muchos siglos los Hawaiianos no tuvieron contacto con el exterior. Entonces en 1778 el capitán Cook llegó de pronto. Cambios históricos en Hawaii ocasionaron la ruptura de la cultura y llevan a la adopción de la cultura y las prácticas occidentales.

Veamos un poco más en detalle: Es un debate controversial los efectos psicologicos severos del conflicto de la aculturación asimilista de los Hawaiianos. Los misionarios cristianos iniciaron el proceso de asimilación al cristianismo y reemplazaron la tradición oral con el lenguaje escrito en inglés.

La asimilación forzada se aceleró cuando se incorpora como territorio estadounidense en 1898, a pesar de la protesta de 21.269 personas que firmaron una petición que se oponía. Esa era la mitad de la población nativa. Un Hawaiiano étnico toma hoy orgullo en un abuelo o parientes que firmaron la petición de la anti-anexión de 1887.

Hay millares de estudios económicos sobre Hawaii pero la realidad es que los Hawaiianos étnicos son pobres. El problema adicional es que quedan muy pocos "puros" Hawaiianos nativos. Los Hawaiianos étnicos todavía viven en la misma tierra en donde vivieron sus antepasados. El trauma cultural causado por la asimilación forzada sigue siendo razón del síndrome. Esto se interpreta como el efecto suicida de una persona que se convierte en su propio enemigo peor, y exhibe comportamiento autodestructivo.

En 1778 había, dependiendo de las varias estimaciones disponibles, entre 300.000 y 400.000 Hawaiianos nativos. Antes de 1878, estimaban a la población entre 40.000 y 50.000 personas. Mientras más pequeña la población, los números de Hawaiianos puros, con solamente sangre hawaiiana, han continuado disminuyendo. Es una raza que se extingue. Hoy, hay menos de 8.000 Hawaiianos puros vivos.

La lengua hawaiiana era una vez la lengua primaria. Hoy, hablan la lengua inglesa debido al siglo como territorio y entonces como Estado. Otro factor que contribuye es una una ley del 1896 que requirió que el inglés fuese el único idioma ("English only") de uso en el gobierno y el sistema escolar público y privado.

[Paréntesis: En Puerto Rico el sistema de educación pública fue en inglés desde 1900 hasta 1948. Fue un fracaso rotundo el programa. Igualmente en Puerto Rico el sistema de educación insiste en ofrecer obligatoriamente cursos de inglés durante todas las etapas elementales y secundarias, este programa evidentemente es otro fracaso.]

Hoy el 25% de la población considera tener por lo menos cierta ascendencia hawaiana nativa. El inglés y el hawaiano son los dos idiomas oficiales en Hawaii pero en 2001 los que hablaban hawaiano equivalía a solo un 0.1% de la población.

La pregunta que nos debemos hacer es fundamental :¿Si la cultura hawaiana nativa es hermosa y romántica, qué ha sucedido?

La lengua hawaiiana ha sido señalada para un esfuerzo de renacimiento recientemente por un programa de preservación cultural. Los programas incluyeron la abertura de un departamento de lengua hawaiiano en la universidad de Hawaiʻi en Mānoa. Consecuentemente, el aprendizaje de idiomas hawaiiano ha subido. En 2002, la universidad de Hawaii en Hilo también estableció un programa a nivel de posgrado en lengua hawaiiana.

Imagínate esto con calma: el idioma nativo, la lengua de los ancestros, corre la suerte de unas ruinas arqueológicas a punto de desaparecer que requieren de esfuerzos extraordinarios para intentar siquiera recuperar como evidencia de una cultura desolada.


Hoy los puertorriqueños vivimos en más sitios que en la isla (de hecho el reciente Censo refleja que en los Estados Unidos viven más personas que se identifican como puertorriqueños que en la isla), con ese proceso han venido otros efectos de tener una población boricua que en un porciento significativo aprenden inglés como su primer registro.

La realidad siempre impone conjugaciones, excepciones e interpretaciones fuera del dogma, en las comunidades puertorriqueñas en los Estados Unidos se debe poder dedicar recursos a que, en la medida que lo deseen, estudien y usen el inglés con una opción interesante y promovida de que para ahondar en su puertorriqueñidad aprendan español.

En ningún caso el español, aun acordando que es la lengua fundamental puertorriqueña, por el hecho de serlo, tiene el derecho y la obligación de dominar autoritariamente a comunidades sin tomar en consideración las reales circunstancias de dichas comunidades sino es mediante el ejercicio de la conciencia cultural, por tanto, siempre visualizamos supeditada al conocimiento y uso el español como experiencia de promover la identidad.

Urge, por ello y en ese mismo espíritu, corregir este error conceptual, que impida la perpetración de la atrocidad de que el español sea arrinconado en la isla, y muy en especial en nuestro ya de por sí cuestionable sistema educativo público.

Presuponemos que el asunto es uno de principios. La lengua, en esencia, no es mero medio o un vehículo para conocimientos, es un fin en sí mismo. La falacia del bilinguismo estriba y consiste en suponer que el lenguaje es un medio para expresar una serie de ideas distintas sin interrelaciones activas con el idioma, en realidad el pensamiento no se distingue ni puede separarse de la manera como está expresado. El pensamiento (como unidad funcional de la identidad cultural) se construye en y con el lenguaje, no es algo que pueda ser separado sin que implique repercusiones que como vimos en el caso hawaiiano han llamado el síndrome de trauma cultural con graves consecuencias.

Hago un aparte que prometo es breve: propongo que debemos considerar un aspecto importante de la teoría de Parménides que analiza el sentido y significado de ciertos conceptos relacionados lógicamente. Para Parménides, existe una identidad entre ser y pensar, porque no hay conocimiento autónomo al margen del ser.


Las apariencias engañan según Parménides, y para adelantar el planteamiento propongo que fijemos la atención en lo sustantivo en lo que se refiere a lo nominal (nombre). El nombre no dice nada real, o sea, que la palabra que se concibe como un nombre que se da a la cosa es un rótulo, la cosa no es su nombre sino lo que significa. Planteado de esa manera existe un universo de contenidos que va más allá de sus rótulos, ese universo es cultural y el mero empleo de unos u otros rótulos (en tal o cual idioma) no implica relaciones de contenido necesariamente (es la dialéctica del significado y el significante) y en su defecto la rotulación (como en el caso del bilinguismo) puede crear problemas con el contenido cultural implicado. Se vacía o desfigura el contenido aunque subsisten los rótulos en el otro idioma. Si la palabra es solo nombre, entonces no llega a respresentar el verdadero ser de la cosa. Es posiblemente, muy posiblemente si acaso, otra cosa.

Volvamos a la falacia del bilinguismo: Los programas educativos orientados al bilingüismo, así como la metodología en que se apoyan, se fundamentan en considerar como medio para la adquisición de conocimientos una lengua a su vez desconocida y extranjera al contenido cultural propio. El problema se complica porque no domina dicho segundo idioma ni quien imparte los conocimientos (en una vasta frecuencia) ni menos quien la recibe.

Dichos métodos podrán en el mejor de los casos ser eficaces pero no son eficientes, podrán conseguir el propósito de propulsar un nivel más avanzado del segundo idioma, pero es a costa de consecuencias indeseadas por la falta de atención a la importancia medular de los significantes del idioma nacional, es decir ese contenido que se construye mediante precisamente el uso del idioma.

Es en este proceso que se produce lo que han llamado el trauma cultural causado por la asimilación forzada y se interpreta como ese efecto suicida al negarse sus valores y significados culturales.

Es conclusión equivocada, someto, que el pensamiento puede ser llevado indistintamente por cualquier lengua sin que por ello pierda ninguna cualidad o produzca repercusiones. Como realmente ocurre, el lenguaje y el pensamientos son inseparables, y el pensamiento expresado en un segundo idioma en el proceso educativo adolece de carencias y limitaciones respecto del pensamiento expresado en la lengua nativa fundamental de la cultura.

El verdadero problema consiste en saber si queremos que nuestros alumnos aprendan más inglés a costa de adulterar su comprensión e identidad cultural. Es por estas razones lógicas que el proyecto del bilinguismo aunque se trate de maquillar de un supuesto modernismo pedagógico es un proyecto de asimilación forzosa con sus resultados traumatizantes.

Vamos, para intentar uso del sarcasmo como ejercicio iluminador, entonces a iniciar los trámites para que consigamos imponer, que digo el bilinguismo, sino el trilingüismo o el polilinguismo como si fuese asunto de menú de restorán. Lo absurdo de esta idea (cogemos Matemáticas en inglés, Ciencias en chino, Geografía en francés y Ciencias sociales en alemán) es que los bilinguistas, a conciencia, o en un inconsciente no tan inconsciente, realmente lo que proponen es el bilinguismo que propulse en nuestro caso el acto de transplantación de lengua ('transculturación') del "English only" pero ante lo opresivo de sus verdaderas metas han simulado una ruta panorámica que nos divierta y distraiga de hacia adonde vamos.

Estemos claros nadie razonable y equilibrado duda que el aprender inglés es importante por ser la lengua predominante de los Estados Unidos igual que su valor como idioma internacional de comunicación pero la implantación del bilingüismo no es el único método viable y efectivo, lo que si es indudable es que el bilinguismo acarrea una tara de problemas que sus proponentes no interesan discutir.

Cuando escuchamos el repetitivo argumento de que tal o cual país las poblaciones estudiantiles dominan otros idiomas debemos exigir que se aclare que en esos países no se ha impuesto programas bilingues sino programas de recursos educativos de segundos y terceros idiomas de manera eficiente.

En la misma nota de prensa de El Nuevo día plantea y cito "De acuerdo con un estudio de la Comunidad Europea de 2006, el 56% de los europeos dice que puede mantener una conversación en más de un idioma. Aproximadamente el 90% de los holandeses y alemanes dicen que pueden hacerlo."

Eso es cierto pero lo que no dice es que ninguno de esos países ha puesto en peligro su idioma nacional al implantar ese modelo que por cierto no es invasivo bilinguismo sino una opcionalidad curricular, ni Alemania ni Holanda tienen programas bilingues. Si acaso debemos citar esos ejemplos precisamente como argumentos en contra del bilinguismo como propuesta curricular y metodología.

Lo que tampoco menciona la nota es que a un proyecto de bilinguismo (que como vimos produjo una tragedia cultural en Hawaii) un grupo de profesores de idiomas llevan dos años investigándolo y discutiendo los problemas que la implantación de ese proyecto ha ocasionado en la Educación Pública Madrileña y han extraÍdo las siguientes conclusiones:
  • Desprestigia otras formas lingüísticas como el mismo español; 
  • produce el peligro de romper el principio de equidad inherente al sistema público al reforzar un nuevo rango de discriminación (el que sabe y el que no sabe inglés); 
  • la propuesta bilinguista es susceptible de ser arbitraria, precipitada y desequilibrada (entre otras razones porque requiere de mayores y difusas competencias del profesorado o sea que el buen maestro de geometría ahora tiene que ser además buen maestro de geometría en inglés); 
  • el sistema bilingue padece de real ausencia de transparencia ya que los proponentes no quieren admitir el carácter de prueba y error (vamos '"trial and error") implicado en la metodología impuesta ya que realmente no hay modelos satisfactorios a gran escala de sistemas bilingues que hayan sido estudiados a base de resultados favorables como fenómeno social; 
  • y, el modelo genera división dentro de las comunidades y provoca desplazamiento generando incertidumbre y falta de vinculación con la cultura nacional (asimilación).
En resumen: La propuesta bilinguista es un proyecto de imposiciones y asimilación que se ha planteado en la isla con claros criterios políticos dentro de la mentalidad hegemónica y ciertamente imperialista que busca impulsar el Partido Republicano, no nos engañemos. Tal vez este proceso nos debe servir para evaluar las verdaderas consecuencias de lo que se propone en Puerto Rico que me parece se propone con total irresponsabilidad intelectual.