Ciertamente no puedo decir que la decisión del Supremo apoye el Derecho de expresión, lo ofende, lo maltrata, lo malentiende y le pone grilletes, encadena y esclaviza, lo limita al establecer que la UPR no es foro público (aunque parezca increible que una universidad del pueblo no sea un foro abierto e irrestricto cuando las universidades se definen por ser centros dedicados a las libres e irrestrictas expresiones de ideas y artes), hace una interpretación estrecha (cuando se supone que los escritos judiciales sean amplios, valga las contradicciones) de lo que entiende es una huelga limitando dicha actividad a las relaciones laborales (entonces una huelga de consumidores es no sabemos qué clase de cosa, una huelga de hambre qué clase de cosa, etc.).
El constructo en la geometría conceptual de la jerga judicial sometida aparenta tener o debo decir aspira a tener ciertos visos de racionalidad. Como todo constructo que se redacta buscando llegar atajando las sabidurías a puertos preacordados de forma atropellada, se ha maquillado de una cantidad de citas inconsecuentes, planteamientos periféricos y subterfugios lógicos (tal como si fuese un pavo relleno de palabras pero que ha olvidado el sabor).
Es una excelente muestra de las debilidades y falta de seriedad literaria de este subgénero que insulta a la prosa inteligente.
Hace un flaco servicio a los juristas que desean ser considerados escritores porque luce como remiendos y parches torpes zurcidos a la fuerza que se adistancia a leguas de ser un escrito que tenga valor intrínseco y belleza propia, es feo, dice fealdades y eso en la literatura solo vale cuando la fealdad es el objetivo o recurso creativo. Es un texto destinado a los zafacones y el olvido...
Hay cosas que uno sabe desde la primera lectura que son prehistóricos existenciales lo que significa que nacen para ser caducos, se escriben para ser lecciones de los errores del pasado...
Sin embargo, estemos claros que los jueces nuevamente se empeñan en ser miserables artesanos del idioma, un especie de letrados iletrados: limitar una palabra no significa que limitas una acción y el idioma tiene tanto la capacidad de los sinónimos como la de crear nuevos vocablos por ende, por ejemplo el militante vocablo del boicot no se incluye en la limitación que plantea el Supremo.
boicotear.
1. Excluir a una persona o a una entidad de alguna relación social o comercial para perjudicarla y obligarla a ceder en lo que de ella se exige.
2. Impedir o entorpecer la realización de un acto o de un proceso como medio de presión para conseguir algo.
Y siempre podemos sugerir cosas como neohuelga, etc.. esto realmente es mierda de semántica elemental...
Insisto es negativa pero no cierra todas la posibilidades, la supuesta ilegalidad es interpretativa ya que no existe un delito llamado huelga...
El derecho de expresarse nace como derecho prohibido, padece de ser derecho perseguido, nuevamente hoy se impone a base de expresiones arrancar su justicia esencial, lo otro son excusas baratas, vapores en lugar de vientos y desperdicio de papel...
7 comentarios:
Es facil, si fuese por lo permisible legalmente lass mujeres no tendrian voto todavia, los menores estuvieran trabajando en jornadas de trabajo regular y las jornadas de trabajo fuesen de doce horas sin derecho a pago extra, etc., el famoso Derecho a huelga es un derecho que se logra a base de huelgas ilegales al igual que el Derecho de expresion se logra a base de expresiones ilegales, son derechos ganados, arrancados del sistema a pesar de la renuencia y represion...
Surge tanto el derecho a diferir, el derecho a huelga, el derecho a expresion y a libre asamblea de un derecho de los mas fundamentales y universal: el derecho a la vida y a defender tu vida y tu familia contra todo y cualquier peligro, abuso, robo o agresion...
La determinación del Tribunal Supremo sobre la Universidad de Puerto Rico (UPR) no debe interpretarse como una luz verde para procesar a los estudiantes que decidan ejercer su derecho a la libre expresión, opinó el ex catedrático de Derecho y ex senador, Fernando Martín.
Agregó que la decisión tampoco cierra la puerta a huelgas, manifestaciones o protestas como es la impresión errada que crea el Supremo al restringir los criterios sobre el ámbito de la libertad de asociación y de expresión.
Precisamente, esas premisas equivocadas son las que inquietan al abogado constitucionalista Julio Fontanet. “Me preocupa cómo la Policía pueda interpretar esa decisión. Me parece que pueden pensar que tienen el visto bueno, ya no meramente del (secretario de la Gobernación) Marcos Rodríguez Ema, sino del tribunal para sacar a patadas a los estudiantes. Eso es preocupante”, enfatizó Fontanet.
El ex presidente del Colegio de Abogados, así como un grupo de abogados consultados por este diario, opinaron que el Supremo no debió emitir la decisión suscrita por cuatro jueces con la oposición de tres y la abstención del juez presidente, Federico Hernández Denton.
El Supremo determinó que la huelga es un derecho que sólo le asiste a los trabajadores. Además, catalogó a la UPR como un foro semipúblico que puede ser regulado por sus regentes con el fin de que no se interrumpan las tareas universitarias.
Sin embargo, el Supremo debió considerar el pleito como académico porque lo que lo originó (la huelga pasada) ya concluyó con una negociación y los estudiantes protagonistas no son los mismos. “Reabre indebidamente un caso judicial que ya evidentemente era académico. Lo hace para emitir algo prohibido que es una opinión consultiva y cuyo propósito es aplastar al movimiento estudiantil”, dijo catedrático Antonio Fernós, quien entiende que fue un recurso abusivo.
El también abogado constitucionalista, Carlos Ramos, precisó -a tono con lo expresado por Fernós- que el Tribunal Supremo se supone que no proporcione opiniones consultivas “sino que esté para resolver controversias concretas y específicas”.
“El tribunal quiso asesorar al gobierno. Aunque pretendió ser árbitro y reconoce el derecho de los estudiantes a la libertad de expresión, la forma y el momento en que lo hacen esos cuatro jueces (que votaron a favor), parece que están asesorando al gobierno”, abundó Ramos.
“Esta decisión implica que las autoridades universitarias ahora van a reexaminar todo su reglamento con relación a los estudiantes y al personal docente, y se van a sentir con mayor libertad de reglamentar la libertad de expresión en detrimento del quehacer universitario”, añadió el catedrático.
El pueblo puertorriqueño se encamina a una dictadura fascista, al estilo de la impuesta por Francisco Franco en España, advirtió hoy el intelectual Antonio Fernós López-Cepero, también catedrático de Derecho Constitucional.
Fernós aseguró que la situación en la Universidad de Puerto Rico (UPR), "con un policía en cada rincón, en cada escalinata", es lo que vivió en sus años de estudiante de doctorado en la Universidad Complutense de Madrid durante la dictadura franquista.
Manifestó que la decisión del Tribunal Supremo pretende pasar por encima de la Constitución puertorriqueña en la "ineptitud intelectual de una dictadura", reflejada también en la decisión de la rectora Ana Guadalupe de prohibir todo tipo de expresión pública.
Fernós afirmó que el pueblo puertorriqueño vive engañado al hacerle creer que la policía presta seguridad y que lo mismo hace Estados Unidos mientras mantiene a esta isla caribeña bajo absoluto dominio colonial.
La UPR permanece hoy sin actividad académica debido al llamado a huelga de los estudiantes, lo que provocó la víspera una decisión de prohibición del Tribunal Supremo, al que calificó de sanedrín.
http://www.prensa-latina.cu/index.php?option=com_content&task=view&id=246799&Itemid=1
El presidente del Colegio de Abogados, licenciado Osvaldo Toledo, informa que la resolución de la rectora Ana Guadalupe, de prohibir las actividades públicas en el recinto riopedrense, es "totalmente ilegal". (ElNuevodia)
"El superintendente de la Policía, José Figueroa Sancha, lanzó esta mañana una advertencia pública al estudiante Waldemiro Vélez, advirtiéndole de que sería arrestado si intenta entrar al recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico (UPR). ...la UPR está impedida de anunciar una decisión de ese tipo debido a que las sanciones administrativas contra estudiantes son confidenciales. ...“Todos sabemos que el estudiante Waldemiro fue expulsado y no tiene acceso al recinto universitario y si logra acceso será arrestado”, dijo Figueroa Sancha." (ElNuevodia) Lo que no se informa y le declaramos a las autoridades policiales es que la ley que prohibe comunicaciones sobre el historial de un estudiante es federal y obliga tanto a la Universidad de Puerto Rico como a la Policia de Puerto Rico, citamos:
The Family Educational Rights and Privacy Act (FERPA) (20 U.S.C. § 1232g; 34 CFR Part 99) is a Federal law that protects the privacy of student education records.
In compliance with the Federal Family Education Rights and Privacy Act of 1974 and the University Policy on Access to and Release of Student Education Records, the University is prohibited from providing certain information from your student records to a third party, such as information on grades, billing, tuition and fees assessments, financial aid (including scholarships, grants, work-study, or loan amounts) and other student record information.
Quedan advertidos tanto el Superintendente de la Policia que so pena de perjurio si persiste tanto el como cualquier oficial de la Policia en hacer alegaciones o acciones en violaciones de este estatuto federal deben atestigau sobre las fuentes que le comunicaron dichas informaciones violando dichos derechos de privacidad. De plantear que no tiene conocimiento oficial de dichas informaciones se presume que el Superintendente de la Policia y cualquier oficial que se conduzcan haciendo similares alegaciones opera solamente a base de informaciones inadmisibles en los procesos judiciales de acuerdo al Estado de Derecho por ende sujetos a demandas civiles y otras penalidades.
Advertimos que las autoridades policiales y los administradores universitarios en claro contubernio proceden de modo ilegal a tratar de intimidar a los estudiantes en su constitucional derecho a expresar y manifestar su protesta legitima mediante esquemas fraudulentos y mendaces de ejecutar arrestos e intervenciones policiales sin que medien motivos fundados ni violaciones de ley. Pretenden arrestar por arrestar lo cual es un delito de abuso de poder so color de autoridad, Pretenden arrestar por arrestar como mecanismo de intimidar a los estudiantes aunque deben saber quee los casos se han de caer por falta de evidencia o motivos fundados admisibles.
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