
Formalmente solicitamos al Cuerpo de Ingenieros que deniegue la solicitud del permiso SAJ-2010-02881 basado en cuatro criterios fundamentales en los que nos concentraremos cuya orden de exposición no sugiere orden de importancia, entendemos que las cuatro razones son suficientes en criterios de ciencia y de derechos para detener el proceso de consideraciones de Permit Application SAJ-2010-02881.
Primero, durante la primera fase de consideraciones de USACE este servidor sometió una extensa y detallada exposición sobre los graves problemas que caracterizan esta propuesta por la inexistencia notoria de estudios de suelos. Este tema el mismo Cuerpo de ingenieros (USACE) ha reconocido como un defecto existente en el proceso. Sostenemos que no hemos recibido ni visto consideraciones sobre dicho planteamiento.
Para efecto de ilustración le comunicamos nuestra publicación del 6 de mayo del 2011 que le recordamos que enviamos a USACE, copia obra en:
http://ortizfeliciano.blogspot.com/2011/05/sobre-el-gasoducto-tercera-parte-sobre.html
Segundo, le hemos comunicado a USACE la inaceptabilidad de que el documento Permit Application SAJ-2010-02881 no se produjo en español que es el idioma que hablan el 90% de la población afectada y que el 80% de dicha población no lee, habla ni entiende inglés lo cual es inaceptable ya que consiste en un claro acto discriminatorio de acuerdo al Acta de Derechos Civiles y los reglamentos existentes sobre políticas en atención a las poblaciones con problemas en el manejo y dominio del inglés. Esta solicitud que fue reiterada la comunicamos el 4 de enero de 2012 donde planteamos claramente que el "summary" no llena los requisitos de un documento "vital" para los ciudadanos de Puerto Rico, copia obra en:
http://ortizfeliciano.blogspot.com/2012/01/carta-cuerpo-de-ingenieros.html
Le adelantamos que producto de este atropello y claro acto discriminatorio estaremos radicando una querella formal al Civil Rights Division U.S. Department of Justice solicitando justos remedios. Dicha querella es firmada por más de ciento treinta ciudadanos.
Tercero, debemos insistir en que es inadmisible consideraciones de dicha propuesta en total menosprecio a la ingeniería geotécnica que incluye las condiciones y los materiales de las superficies u subsuperficies existentes sin haber investigación responsable de dichos criterios rectores; la determinación de riesgos es presentada por condiciones del suelo y del subsuelo, no existen en dicha propuesta lo cual es inaceptable y primitivo; no hay informaciones pertinentes del diseño de terraplénes y de fundaciones de las estructuras. Un proyecto geotécnico típico de la ingeniería de un gasoducto a esa escala comienza con una investigación del suelo y de la roca de fondo en y debajo de los terrenos a ser impactados para determinar sus características incluyendo cómo obrarán recíprocamente en una construcción como la propuesta, no existen en dicha propuesta lo cual es inaceptable y primitivo. Las investigaciones del suelo son necesarias para ganar una comprensión del área en cuál ocurrirá la ingeniería. Las investigaciones pueden incluir el gravamen del riesgo a los seres humanos, propiedades y el ambiente de peligros naturales tales como terremotos, inundaciones, derrumbamientos, licuefacción del suelo, ruinas y movimientos de rocas, entre otros criterios, no existen en dicha propuesta lo cual es inaceptable y primitivo. Un estudio geotécnico abarcador y eficiente determina y diseña el tipo de fundaciones, de terraplénes, y/o de plataformas de base requeridas para que las estructuras artificiales previstas sean construidas, no existen en dicha propuesta lo cual es inaceptable y primitivo. Las fundaciones se diseñan, las excavaciones, las dinamitaciones y otros sistemas de alto impacto se planifican de acuerdo a varios tamaños, no existen en dicha propuesta lo cual es inaceptable y primitivo.
Cuarto. Otro aspecto que no se atiende en el borrador: Un gasoducto necesita otras instalaciones de procesamiento del gas tales como estaciones compresoras para mover el gas. Las estaciones compresoras se utilizan para mantener el gas en un estado de presión alta de modo que pueda viajar a través del gasoducto. El compresor coloca el gas a través de la tubería comprimiendo el gas en intervalos a lo largo del sistema. El funcionamiento de estos motores es de 24 horas al día, 7 días a la semana, 365 días al año. La gente que vive cerca de instalaciones de procesamiento de gas ha tenido problemas de salud serios directamente asociables a los contaminantes en su aire y/o agua. Benceno, tolueno y arsénico han dado positivo en muestras de orina y/o sangre. Animales domésticos y ganado han muerto por envenenamiento con glicol etílico. Según testimonios: "Se enciende como un estacionamiento de Walmart de noche." Un visitante reciente divulgó malos olores y fuerte ruido de una estación de compresor y se preguntaba en voz alta, "¿Cómo puede la gente vivir al lado de esto? ¿Qué está respirando?"
Sabemos que las estaciones compresoras tienen impactos negativos en la salud del ambiente y de la gente, que puede ser tan severa como las que se encuentran en el pozo de perforación de gas. Emiten compuestos carcinógenos y de neurotoxinas, compuestos orgánicos volátiles y óxidos de nitrógeno que crean el ozono (niebla con humo) y muchas más toxinas. La gente que vive en áreas con estaciones compresoras ha divulgado síntomas serios de salud tales como dolores de cabeza, vértigos, desmayos, contracciones musculares y tímpanos rotos por el rugido de baja frecuencia constante de los compresores. En partes de Texas rural en donde se localizan estaciones compresoras, las tasas de incidencia de asma en niños han subido de un 7% normal a un 25% muy anormal. Las comunidades cercanas a las instalaciones sentirán los contaminantes del aire más.
Otro problema común para muchas estaciones compresoras de gas natural es la acumulación de aguas residuales. En una facilidad (en Tenesí), donde cae aproximadamente 50 pulgadas de lluvia al año, la precipitación y filtraciones a sistemas de agua subterránea se acumula en y por la estación compresora. Agua extraña (e.g., condensado de los compresores de aire), y agua indeseada amontonada se registra a un índice promedio de 2.000 galones por semana. El agua contaminada no se puede bombear y descarga sobre la tierra creando implicaciones ambientales negativas.
"Las estaciones compresoras no son accesorios para proveer de gas las instalaciones - son instalaciones industriales en grande. En algunas partes, los motores del compresor contribuyen un promedio de casi 60 por ciento de todas las emisiones del óxido de nitrógeno de las operaciones..." Nadia Steinzor, organizadora regional de Earthworks.
Es inaceptable y primitivo que se proponga un proyecto como SAJ-2010-02881 sin tener informaciones pertinentes sobre este aspecto.
Finalmente nos apoyamos en la jurisprudencia que aplica en este caso: La jurisprudencia asociada o motivada por NEPA [1] determina si un EIS de una agencia es adecuado si incluye la consideración de temas y asuntos tales como la puntualidad de la preparación, los procedimientos usados para canalizar los comentarios públicos y las respuestas a los comentarios, la corrección de la metodología analítica de la agencia, la calidad de la discusión de efectos ambientales incluyendo impactos acumulativos, y aún la estructura lógica (coherencia). [2] La mayor parte de los pleitos se centran en los temas aparentemente ilimitados sobre la determinación de la suficiencia/ insuficiencia de las evaluaciones de consecuencias para el medio ambiente plantean claramente las ventajas de plantear los recursos viciados de inconstitucionalidad e insuficiencia científica. Se comenta, generalmente, "las decisiones [de la corte] suministran los medios de limpiar la toma de decisión administrativa en la era ambiental anunciada por NEPA." [3] Esencialmente, la revisión judicial "exige de las agencias federales cumplir con los requerimientos de NEPA" desde el punto de vista procesal. [4] El Juez Stephens del Supremo, autor de la decisión de Robertson, observa que la aplicación de las provisiones procesales de NEPA "casi de seguro afecta la decisión substantiva de la agencia…." De hecho va más lejos, sosteniendo que el impacto total de los recursos de declarar inconstitucionalidad dentro del contxto del NEPA ha producido un efecto más extenso, "más proyectos se alteran como consecuencia" judicial.
En suma, los recursos de declarar la inaceptabilidad de las procedimientos de SAJ-2010-02881 abre la toma de decisión mediante el escrutinio judicial. El proceso de SAJ-2010-02881 revela información que obliga a que paren o alteren radicalmente el proyecto debido a los criterios estatutarios aplicables.
Citas:
[1] Robertson v Methow Valley Citizens Council, 490 US 332, 104 L.Ed.2d 351, 372 (1989). Ver, Marsh v Oregon Natural Resources Council, 490 US 360, 104 L.Ed.2d 377, 391 (1989).
[2] Environmental Defense Fund v US Corps of Engineers, 470 F 2d 289, 297 (8th Cir. 1972), 412 US 931 (1973) (NEPA requiere más que la consideración y el acceso a consecuencias para el medio ambiente, " se propone efectuar cambios" substantivos en la toma de decisión de la agencia).
[3] W.L. Andreen, "In Pursuit of NEPA's Promise: The Role of Executive Oversight in the Implementation of Environmental Policy," 64 Ind. L. J. 204, 210 (1989).
[48] M.C. Blumm, "The Origin, Evolution and Direction of the United States Environmental Policy Act," 5 EPLJ 179, 181 (1988).
[4] Robertson, 490 US, 350-51
roberto 'pachi' ortiz feliciano
Nota de interés. La fotografía es gracias a indymediapr.org.
