lunes, 3 de octubre de 2011

Erase una caja negra: acercamiento a la controversia del designado director ejecutivo de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), Alberto Escudero



Isaac Newton (1642-1727) fue un gran matemático y físico, y probablemente el pensador más incisivo conocido nunca. Él estableció principalmente que los fenómenos siguen generalmente leyes matemáticas. Él produjo la teoría de la “caja negra” que establece que la ciencia explica solamente cómo suceden las cosas pero no necesariamente porqué las cosas suceden. La caja negra de Newton ha sido replanteada por muchos como Einstein.

En ciencia y la ingeniería, una caja negra es un dispositivo, sistema u objeto que se puede ver solamente en términos de sus características de entrada, de salida y de transferencia (sin necesidad inmediata explicativa) de sus funcionamientos internos, es decir, en la práctica la conducta, el hecho y el ente es opaco. Casi cualquier cosa se puede referir como una caja negra: un aparato, un algoritmo, hasta la mente humana.

La clase de prueba que verifica comportamiento sin saber o sin presunciones a priori sobre la acción, se conoce como prueba de la caja negra. Dicha prueba como método establece el hecho, su existencia y repercusiones inmediatas, sin necesidad de indagar sobre la mecánica inicial, química inherente o física procesal. Es un análisis de lo que se llama ‘de facto’. La caja negra es, por ende existe, sin cuestionarnos necesariamente el (o los) porqué es.

La caja de Pandora, en la mitología griega, era un recipiente que contenía todos los males que aquejaban a la humanidad. La expresión se utiliza comúnmente para simbolizar la posibilidad de que un acto revele o descubra una serie de irregularidades y problemas.

Hoy el designado e impugnado nuevo Director ejecutivo de la AEE tiene un compromiso ineludible que implica la posibilidad de abrir una caja negra que puede ciertamente resultar ser una caja de Pandora, veamos:

“Escudero, nombrado el viernes como el sucesor de Miguel Cordero en la AEE, compareció la mañana de ayer ante el organismo rector para responder las alegaciones… de que en marzo de 2006, durante una intervención de personal de la AEE, se detectó que el contador en su propiedad en la urbanización Paseo del Mar, en Dorado, tenía roto el sello exterior y no tenía el sello interior. Durante la gestión, los empleados de la AEE también identificaron que al aparato le habían colocado un cable de manera circular en forma de bobina para alterar el consumo de energía y que reflejara un costo menor. A pesar de que el nuevo titular de la AEE ofreció ayer su versión ante la Junta de Gobierno, ese organismo le concedió 24 horas adicionales para que presentara datos que aclararan las irregularidades en su cuenta. Ese plazo vence hoy a las 11:00 a.m., según supo El Nuevo Día…Fuentes de este diario indicaron que Escudero, quien todavía encabeza la Autoridad de los Puertos, tendrá que demostrar que todas las imputaciones son falsas porque, de lo contrario, podría exponerse a que se retire su designación como jefe de la AEE.” (ElNuevodía)

“Escudero no rechazó ayer las irregularidades, pero dijo enfáticamente que, al momento de la intervención, no residía en esa propiedad, y que la AEE nunca le notificó sobre el proceso que se había llevado en su vivienda. “Ayer (sábado), cuando se me notifica, es la primera vez en seis años que alguien se comunica conmigo o me informa de que hubo una situación en una propiedad mía, eso está bien claro, y está en los récords que a mí no se me comunicó, no se me hizo vista administrativa, no se me hizo ningún trámite administrativo como alegan, no se me multó y yo no residía esa vivienda”, manifestó. Escudero, sin embargo, reconoce que pagó la suma de $1,651, que la AEE le facturó…Escudero.. dijo que desembolsó los $1,651 ..más de un año después de la intervención con el contador, pero insistió que en ese entonces, tampoco se le informó a qué correspondía la deuda y él tampoco lo cuestionó. “…pago como uno paga la mayoría de las facturas, sin cuestionarla”, indicó. La Junta de Gobierno de la AEE dio cuenta de las anomalías en el expediente de Escudero a través de un parte de prensa.” (ElNuevodía)

En este momento es que se plantea la teoría de Newton con todo su rigor y esplendor matemático: el hecho conflictivo es una caja negra pues existe como hecho sin mediar las causas, motivos, pasos procesales o maquinaciones.

Destapemos la caja negra. Veamos como aplica la ciencia y doctrina jurídica vigente en este contexto mediante lo que se conoce como los elementos constitutivos del delito, a saber:

Artículo 196. Interferencia con contadores. Toda persona que altere, interfiera u obstruya el medidor o contador de agua, gas, electricidad u otro fluido, con el propósito de defraudar a otro, incurrirá en delito menos grave.

De la parte objetiva

Artículo 18. Formas de comisión. El delito sólo puede ser realizado por acción o por omisión.

Artículo 19. Comisión por omisión. Los delitos que tipifican la producción de un resultado sólo podrán cometerse por omisión cuando la no evitación del mismo equivalga a su producción activa.

Para determinar la equivalencia de la omisión a la acción se tendrá en cuenta la existencia de un deber específico de evitar el resultado y si una acción anterior del omitente hace posible imputarle la situación de riesgo en que se encontraba el bien jurídico lesionado.

Artículo 20. Lugar del Delito. El delito se considera cometido:

(a) donde se ha ejecutado la acción o donde debía ejecutarse la acción omitida; o

(b) en el lugar de Puerto Rico donde se ha producido o debía producirse el resultado delictivo, en aquellos casos en que parte de la acción u omisión se ha realizado fuera del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Artículo 21. Momento del Delito. El delito se considera cometido:

(a) en el momento en que se ha ejecutado la acción o debía ejecutarse la acción omitida; o

(b) en el momento en que se ha producido el resultado delictivo.

De la parte subjetiva

Artículo 22. Principio de responsabilidad subjetiva. Nadie podrá ser sancionado por un hecho previsto en una ley penal si no lo ha realizado con intención o negligencia.

La intención o la negligencia se manifiestan por las circunstancias relacionadas con el hecho, la capacidad mental y las manifestaciones y conducta de la persona.

Artículo 24. Negligencia. El delito se considera cometido por negligencia cuando se realiza sin intención, pero por imprudencia, al no observar el cuidado debido que hubiera tenido una persona normalmente prudente en la situación del autor para evitar el resultado.

(Código Penal de Puerto Rico)

Anotamos de entrada que:

1ero.- El hecho alegado responde a un delito tipificado.

2do.- Por su naturaleza dicha acción delictiva se define por su existencia como hecho. En otras palabras su existencia es un delito comoquiera que sea y de todas maneras posibles.

3ero.- Tanto criterios de omisión como las posibilidades de elementos subjetivos de negligencia no cancelan la existencia del delito.

4to.- Residir dentro de una estructura no es un factor necesario, un requisito, una condición definitiva. Residir o no dentro de la estructura es por lo tanto un comentario totalmente irrelevante. Ni quita ni pone. La titularidad de la estructura en la que se observa el delito es, sin embargo, un elemento principalísimo.

El aspecto de caja de Pandora se deduce de varias cosas que podemos adelantar:

1ero.- Comentarios del Sr. Escudero levantan sospechas sobre el proceso actual cuando plantea y citamos: “Escudero cuestionó ayer ese proceso y la expresiones que la Junta de Gobierno emitió por escrito. “Difiero de lo que dice la Junta de que había una investigación porque eso no es correcto”, subrayó.” (ElNuevodía). Aplica el adagio de que cuando el río suena, piedras trae. Buen entendedor.

2do.- Referente al proceso investigativo en torno al contador hay implicada una decisión de no radicar el delito como acción penal que sin embargo desconocemos como procedimiento ya que el Sr. Escudero alega tener total desconocimiento de dicho hecho y sus implicaciones directas. La pregunta que se desprende es: ¿quién y cómo se toma la decisión de obviar el procedimiento ordinario penal para optar por un proceso administrativo que el Sr. Escudero alega se encuentra viciado por la ausencia precaria de rigor ya que las notificaciones son en su naturaleza de estricto cumplimiento?

3ero.- El delito implicado, el hurto del servicio eléctrico (mediante un “pillo” reducir la contabilidad de una cuenta, en este caso residencial, es un tipo de hurto) se ha caracterizado como uno (sino el mayor desde el punto de vista comercial) de los mayores problemas operacionales de delincuencia de la AEE. El acercamiento a este mismo tema dentro del proceso reseñado con un aparente trato lisonjero, casual, que incide en lo eufemístico es francamente incompatible con una multiplicidad de planteamientos de Política pública de dicha corporación pública y del gobierno. El hecho de que el involucrado en dicho hurto mediando un aparato instalado en el sistema violando reglamentaciones muy rígidas de manejos de los contadores sea un designado Director ejecutivo pone a prueba la imaginación de lo plausible ya que obviamente sugiere serios defectos de valores y tal vez implica una preferencia discriminatoria (o al menos deseos de que así fuese y siga siendo) exageradamente favorable a un funcionario que en todo caso debe ser ejemplo de precisamente la conducta contraria.

4to.- El Sr. Escudero, ejecutivo reconocido y en funciones gubernamentales a la vez que profesional en las disciplinas empresariales, hace un planteamiento absolutamente irresponsable cuando plantea y citamos: (en relación a la deuda que admite que paga tras un año) “...pago como uno paga la mayoría de las facturas, sin cuestionarla”. Observamos nuevamente que la cantidad mencionada es de $1,651 (dudamos que la vasta mayoría de los ciudadanos en pleno ejercicio de su razón piensen que dicha cantidad sea inconsecuente). Ese comentario en el contexto mayor de una corporación pública que se encuentra seriamente cuestionada tanto por grandes segmentos de la población como por las ramas legislativas y ejecutivas por asuntos relacionados a los pagos y sus montos exorbitantes es meramente una muestra crasa de imprudencia. Es una abierta y flagrante estupidez para un funcionario ejecutivo (y para cualquier padre de familia para usar expresiones legales) hacer ese tipo de planteamiento.



Deben quedar muchas otras cosas que plantear pero para muestra hay, me parece, una gran multiplicidad de botones. El contador de la casa de Paseo del Mar en Dorado con su sello exterior roto y sin el sello interior y para colmo que le habían colocado un cable de manera circular en forma de bobina para alterar el consumo de energía es una tremenda caja negra que se ha interpuesto en el proceso y exige un trato expedito, transparente y puntilloso. Debemos entender que las repercusiones de esta controversia pueden hasta implicar la renuncia (en su defecto despido) del Sr. Escudero de todas sus funciones gubernamentales y tal vez, como caja de Pandora, obligue a iniciar una nueva ronda de investigaciones sobre los procedimientos viciados descubiertos y posibles implicados en diferentes niveles de las anomalías.

De salida al Sr. Escudero puede aplicarle el consejo que en muchas ocasiones es mejor no revolver las aguas oscuras si no sabes qué cosas hay en el fondo.

Las citas de prensa responden a:

Duro corrientazo a Alberto Escudero. Le señalan ser moroso y tener un pillo de luz.


Actualización: La Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) destituyó esta tarde al recién nombrado director ejecutivo de esa corporación pública, Alberto Escudero, luego que este no pudiera defenderse de las acusaciones de morosidad y robo de luz que trascendieron durante el fin de semana.

Poco antes del mediodía, la Junta le había solicitado a Escudero una declaración jurada. La destitución se dio minutos después que este entregara la misma.

http://www.elnuevodia.com/juntadegobiernodelaaeedestituyeaescudero-1083189.html

1 comentario:

Actualización dijo...

La Presidenta de la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), Marimar Pérez Riera...confirmó que la Junta de Gobierno de la AEE relevó esta tarde, de forma unánime, al Director Ejecutivo de la corporación pública, Alberto Escudero Morales, tras una investigación que reflejó que hubo una intervención indebida en un contador de luz instalado en una propiedad suya.

La Junta basó su determinación en una pesquisa que encomendó para verificar sus antecedentes y luego de haberle otorgado 24 horas para que brindara información que desmintiera las alegaciones, según el parte de prensa de la AEE..

“Hoy le solicitamos la renuncia al señor Escudero debido a que no pudo rebatir de forma clara y diáfana la información que nos ha llegado hasta este momento sobre irregularidades en cuentas del servicio eléctrico a su nombre. A ninguno de los miembros de Junta le satisfizo las expresiones del pasado Director Ejecutivo y por eso tuvimos que tomar la acción de relevarlo del puesto”, manifestó Pérez-Riera.

http://www.elnuevodia.com/nombranundirectorejecutivointerinoenlaaee-1083300.html